¿Cómo saber si tengo derecho a días de asuntos propios? Requisitos laborales

Los días de asuntos propios son una modalidad de permiso remunerado que permite a los trabajadores ausentarse del trabajo por motivos personales sin tener que utilizar sus días de vacaciones o de enfermedad. Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de estos días. En este artículo, te explicaremos los requisitos laborales que debes cumplir para saber si tienes derecho a días de asuntos propios.

Requisitos para días de asuntos propios

Existen diferentes requisitos que debes cumplir para tener derecho a días de asuntos propios. Estos requisitos pueden variar dependiendo del convenio colectivo de la empresa, del acuerdo con el empresario, o de si eres funcionario y estás amparado por el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP).

Convenio colectivo de la empresa

El convenio colectivo es un acuerdo negociado entre los representantes de los trabajadores y los representantes de la empresa que establece las condiciones laborales de los empleados. En algunos convenios colectivos, se incluye la posibilidad de disfrutar de días de asuntos propios. Por lo tanto, es importante que revises el convenio colectivo de tu empresa para saber si tienes derecho a este beneficio.

Acuerdo con el empresario

En algunos casos, aunque el convenio colectivo no contemple los días de asuntos propios, es posible llegar a un acuerdo con el empresario para que este derecho figure en el contrato de trabajo. Sin embargo, este acuerdo debe ser voluntario y no puede ser impuesto por el empresario.

Funcionarios y el Estatuto Básico de los Empleados Públicos

Si eres funcionario, tienes derecho a días de asuntos propios de acuerdo con el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP). Este estatuto establece que los funcionarios tienen derecho a 6 días de asuntos particulares al año. Estos días pueden ser utilizados para asuntos personales, como trámites administrativos, visitas médicas o cualquier otra gestión que no pueda realizarse fuera del horario laboral.

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Concesión en el sector privado

En el sector privado, la concesión de días de asuntos propios puede variar dependiendo del convenio colectivo. Algunos convenios colectivos contemplan la posibilidad de disfrutar de estos días, mientras que otros no. Por lo tanto, es importante que revises el convenio colectivo de tu empresa para saber si tienes derecho a días de asuntos propios.

Días de asuntos propios en el sector público

Funcionarios y el EBEP

Como mencionamos anteriormente, los funcionarios tienen derecho a 6 días de asuntos particulares al año de acuerdo con el EBEP. Estos días son remunerados y pueden ser utilizados para asuntos personales. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la concesión de estos días puede estar sujeta a ciertas restricciones y condiciones establecidas por la administración pública.

Para saber si tienes derecho a días de asuntos propios, debes revisar el convenio colectivo de tu empresa, llegar a un acuerdo con el empresario si es necesario, ser funcionario amparado por el EBEP o verificar si tu convenio colectivo en el sector privado contempla esta posibilidad. Recuerda que estos días son un beneficio laboral que te permite ausentarte del trabajo por motivos personales sin tener que utilizar tus días de vacaciones o de enfermedad.

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