Las obligaciones de tipo formal se clasifican en dos categorías principales: obligaciones formales y obligaciones sustanciales. Cada una de estas categorías tiene características específicas que las distinguen y las hacen diferentes entre sí.
Obligaciones formales
Las obligaciones formales son aquellas que no tienen carácter pecuniario, es decir, no implican el pago de una cantidad de dinero. Estas obligaciones son impuestas por la normativa tributaria o aduanera y están relacionadas con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros.
Carácter no pecuniario
Una de las características principales de las obligaciones formales es que no implican el pago de una cantidad de dinero. Estas obligaciones se refieren más bien a la presentación de documentos, la realización de trámites o la cumplimentación de formularios, entre otras acciones.
Impuestas por la normativa tributaria o aduanera
Las obligaciones formales son establecidas por la normativa tributaria o aduanera de cada país. Estas normas determinan qué acciones deben realizar los contribuyentes o los operadores aduaneros para cumplir con sus obligaciones formales.
Relacionadas con actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros
Las obligaciones formales están estrechamente relacionadas con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros. Esto significa que están vinculadas a los trámites y gestiones que deben realizar los contribuyentes o los operadores aduaneros ante las autoridades fiscales o aduaneras.
Obligados tributarios deben cumplirlas
Los obligados tributarios, ya sean deudores o no del tributo, están obligados a cumplir con las obligaciones formales establecidas por la normativa tributaria o aduanera. Esto significa que deben presentar los documentos requeridos, realizar los trámites necesarios y cumplimentar los formularios correspondientes, entre otras acciones.
Obligaciones sustanciales
Las obligaciones sustanciales, por otro lado, son aquellas que tienen carácter pecuniario, es decir, implican el pago de una cantidad de dinero. Estas obligaciones son impuestas por la normativa tributaria y están relacionadas con el pago del tributo y otras obligaciones tributarias.
Carácter pecuniario
Una de las características principales de las obligaciones sustanciales es que implican el pago de una cantidad de dinero. Estas obligaciones se refieren al pago del tributo y al cumplimiento de otras obligaciones tributarias, como la presentación de declaraciones, la realización de pagos a cuenta o la retención y el ingreso de impuestos.
Impuestas por la normativa tributaria
Las obligaciones sustanciales son establecidas por la normativa tributaria de cada país. Estas normas determinan qué tributos deben pagarse, cómo deben calcularse y cuándo deben pagarse, así como otras obligaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Relacionadas con el pago del tributo y otras obligaciones tributarias
Las obligaciones sustanciales están estrechamente relacionadas con el pago del tributo y otras obligaciones tributarias. Esto implica que los contribuyentes deben realizar los pagos correspondientes, presentar las declaraciones requeridas y cumplir con otras obligaciones establecidas por la normativa tributaria.
Las obligaciones de tipo formal se clasifican en obligaciones formales y obligaciones sustanciales. Las obligaciones formales no tienen carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria o aduanera y están relacionadas con actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros. Por otro lado, las obligaciones sustanciales tienen carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria y están relacionadas con el pago del tributo y otras obligaciones tributarias.