Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta en materia fiscal es la conservación de los documentos relacionados con nuestras obligaciones tributarias. La Agencia Tributaria establece ciertos plazos y requisitos para la conservación de facturas y justificantes, con el fin de garantizar la correcta gestión y control de los impuestos. En este artículo, vamos a analizar cuánto tiempo hay que guardar los documentos de Hacienda y las obligaciones fiscales que debemos cumplir.
Plazo de conservación de facturas y justificantes
El plazo de conservación de las facturas y justificantes es de 4 años. Esto significa que debemos guardar todos los documentos relacionados con nuestras operaciones económicas durante este período de tiempo. Es importante destacar que este plazo se cuenta a partir del último día del año en que se haya presentado la declaración correspondiente.
Prescripción de 4 años
La prescripción de 4 años es el plazo máximo en el que la Administración Tributaria puede realizar actuaciones de comprobación e inspección sobre nuestras declaraciones y documentos. Por tanto, es fundamental conservar los documentos durante este período para poder hacer frente a posibles requerimientos o inspecciones.
Conservación por cualquier medio
La Agencia Tributaria establece que los documentos, ya sean en papel o en formato electrónico, se deben conservar por cualquier medio que garantice su autenticidad, integridad y legibilidad. Esto significa que podemos utilizar tanto el formato físico como el digital para almacenar nuestras facturas y justificantes.
Además, es importante asegurarnos de que los documentos sean accesibles para la Administración Tributaria sin demora, salvo causa debidamente justificada. Esto implica que debemos tener los documentos organizados y disponibles para su consulta en caso de que la Agencia Tributaria lo requiera.
Facturas recibidas o expedidas con cuotas de IVA
En el caso de las facturas recibidas o expedidas que incluyan cuotas de IVA, el plazo de conservación es diferente. Cuando estas facturas se refieren a adquisiciones en las que se hayan soportado cuotas de IVA cuya deducción esté sometida a un período de regularización, deberán conservarse durante dicho período y los cuatro años siguientes.
El período de regularización es el plazo en el que se puede realizar la deducción del IVA soportado en una adquisición. Por lo tanto, debemos conservar las facturas durante este período y los cuatro años siguientes para cumplir con nuestras obligaciones fiscales.
Período de regularización y 4 años siguientes
El período de regularización puede variar en función de las circunstancias de cada caso. Por ejemplo, en el caso de las inversiones inmobiliarias, el período de regularización es de 4 años. Esto significa que debemos conservar las facturas relacionadas con estas operaciones durante 4 años desde el último día del año en que se haya presentado la declaración correspondiente.
Es importante tener en cuenta que, en caso de que se realice una regularización posterior a la presentación de la declaración, el plazo de conservación se contará a partir del último día del año en que se haya presentado la regularización.
Operaciones con oro de inversión
En el caso de las operaciones que tengan por objeto oro de inversión, se establece un plazo de conservación específico. Los empresarios o profesionales que realicen este tipo de operaciones deben conservar las copias de las facturas correspondientes durante un período de cinco años.
Conservación de copias de facturas por 5 años
La conservación de las copias de las facturas relacionadas con las operaciones de oro de inversión durante cinco años es fundamental para cumplir con nuestras obligaciones fiscales. Estas copias deben estar disponibles para su consulta por parte de la Administración Tributaria en caso de que sea necesario.
Es importante tener en cuenta los plazos de conservación de los documentos de Hacienda para cumplir con nuestras obligaciones fiscales. Debemos conservar las facturas y justificantes durante un período de 4 años, utilizando cualquier medio que garantice su autenticidad, integridad y legibilidad. Además, en el caso de las facturas con cuotas de IVA y las operaciones con oro de inversión, existen plazos específicos que debemos tener en cuenta. Mantener nuestros documentos en orden y disponibles para su consulta nos permitirá hacer frente a posibles requerimientos o inspecciones por parte de la Administración Tributaria.