¿Cuánto tiempo tengo para echar a un inquilino con la nueva ley? Plazos y reglas

Si eres propietario de una vivienda y tienes un inquilino que no cumple con sus obligaciones o simplemente deseas recuperar tu propiedad, es importante conocer los plazos y reglas establecidos por la nueva ley para poder desalojar a un inquilino. En este artículo, te explicaremos cuánto tiempo tienes para echar a un inquilino con la nueva ley y las diferencias entre personas físicas y jurídicas.

Plazos para desalojar a un inquilino

Personas físicas: dos meses

Si eres una persona física propietaria de una vivienda y deseas desalojar a tu inquilino, debes tener en cuenta que la nueva ley establece un plazo de dos meses para llevar a cabo el desalojo. Este plazo comienza a contar desde el momento en que se notifica al inquilino la voluntad de desalojar la vivienda.

Es importante destacar que este plazo de dos meses es el mínimo establecido por la ley, por lo que si existen circunstancias especiales o incumplimientos graves por parte del inquilino, se puede acelerar el proceso de desalojo.

Para iniciar el proceso de desalojo, es necesario presentar una demanda de desahucio ante el juzgado correspondiente. Una vez presentada la demanda, se fijará una fecha para la celebración del juicio, en la cual se determinará si procede o no el desalojo.

En caso de que el juez determine que procede el desalojo, se otorgará un plazo de dos meses al inquilino para abandonar la vivienda de forma voluntaria. Si el inquilino no cumple con este plazo, se podrá solicitar el lanzamiento forzoso, es decir, la intervención de las autoridades para llevar a cabo el desalojo.

Personas jurídicas: cuatro meses

En el caso de las personas jurídicas, como empresas o entidades, el plazo para desalojar a un inquilino es de cuatro meses. Este plazo es mayor que el establecido para las personas físicas debido a las posibles implicaciones económicas y logísticas que puede tener para una empresa el desalojo de una vivienda.

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Al igual que en el caso de las personas físicas, el proceso de desalojo para las personas jurídicas también comienza con la presentación de una demanda de desahucio ante el juzgado correspondiente. Se fijará una fecha para la celebración del juicio y, en caso de que se determine que procede el desalojo, se otorgará un plazo de cuatro meses al inquilino para abandonar la vivienda de forma voluntaria.

Si el inquilino no cumple con este plazo, se podrá solicitar el lanzamiento forzoso, en el cual las autoridades intervendrán para llevar a cabo el desalojo.

Es importante tener en cuenta que estos plazos son los establecidos por la ley, pero en algunos casos, el proceso de desalojo puede prolongarse debido a diferentes circunstancias, como la carga de trabajo de los juzgados o la presentación de recursos por parte del inquilino.

Si eres propietario de una vivienda y necesitas desalojar a un inquilino, debes tener en cuenta los plazos establecidos por la nueva ley. Para las personas físicas, el plazo es de dos meses, mientras que para las personas jurídicas es de cuatro meses. Recuerda que es importante seguir el proceso legal correspondiente y contar con el asesoramiento adecuado para llevar a cabo el desalojo de forma correcta.

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