¿Cuántos recibos de IBI me pueden reclamar? Descubre los plazos

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que grava la propiedad de los bienes inmuebles. Es un impuesto que debe ser pagado por los propietarios de viviendas, locales comerciales y cualquier otro tipo de inmueble. Sin embargo, en ocasiones puede surgir la duda de cuántos recibos de IBI pueden ser reclamados por parte de la administración tributaria. En este artículo, te explicaremos los plazos y condiciones para reclamar el pago del IBI.

Reclamación del pago del IBI

La reclamación del pago del IBI se realiza cuando el contribuyente no ha cumplido con su obligación de pagar este impuesto. La administración tributaria tiene la facultad de reclamar el pago de los recibos impagados, así como del recibo corriente.

Plazos para reclamar

En cuanto a los plazos para reclamar el pago del IBI, la administración tributaria tiene un periodo de cuatro años para reclamar los recibos impagados. Esto significa que pueden reclamarse los últimos cuatro recibos impagados, además del recibo corriente.

Es importante tener en cuenta que el plazo de cuatro años se cuenta a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago. Por lo tanto, si el periodo voluntario de pago del IBI es del 1 al 30 de junio de cada año, la administración tributaria podrá reclamar los recibos impagados hasta el 1 de julio del cuarto año siguiente.

Por ejemplo, si estamos en el año 2022 y el periodo voluntario de pago del IBI es del 1 al 30 de junio de 2022, la administración tributaria podrá reclamar los recibos impagados correspondientes a los años 2018, 2019, 2020, 2021 y el recibo corriente del año 2022 hasta el 1 de julio de 2026.

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Recibos impagados

En el caso de los recibos impagados, la administración tributaria puede reclamar el pago de los mismos a través de un procedimiento de apremio. Este procedimiento consiste en el embargo de bienes del contribuyente para garantizar el pago de la deuda.

Es importante destacar que, una vez que la administración tributaria ha iniciado el procedimiento de apremio, el contribuyente tiene un plazo de diez días para pagar la deuda o presentar alegaciones. En caso de no hacerlo, se procederá al embargo de sus bienes.

Recibo corriente

En cuanto al recibo corriente, es decir, el recibo correspondiente al año en curso, la administración tributaria puede reclamar su pago a través del procedimiento de apremio si no ha sido abonado en el periodo voluntario de pago.

Es importante tener en cuenta que, en el caso del recibo corriente, la administración tributaria puede reclamar su pago en cualquier momento, sin necesidad de esperar al final del periodo voluntario de pago.

La administración tributaria puede reclamar los últimos cuatro recibos impagados, además del recibo corriente. Es importante cumplir con la obligación de pago del IBI para evitar posibles reclamaciones y procedimientos de apremio por parte de la administración tributaria.

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