El modelo 111 es una declaración informativa que deben presentar los empresarios o profesionales que realizan pagos sujetos a retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, surge la duda de si es obligatorio presentar este modelo cuando no existen retenciones a realizar.
¿Cuándo presentar el modelo 111?
Para entender si es necesario presentar el modelo 111 cuando no hay retenciones, es importante conocer en qué situaciones se debe presentar este formulario.
Si no hay retenciones
En primer lugar, si no se han realizado pagos sujetos a retención durante el período correspondiente, no es necesario presentar el modelo 111. Esto significa que si no se ha retenido ningún importe de IRPF en los pagos realizados a trabajadores o profesionales, no hay obligación de presentar este formulario.
Es importante tener en cuenta que la falta de retenciones puede deberse a diferentes motivos, como por ejemplo, que los trabajadores o profesionales estén exentos de retención por cumplir determinados requisitos o que los pagos realizados no estén sujetos a retención según la normativa vigente.
En cualquier caso, si no hay retenciones, no es necesario presentar el modelo 111.
Si tengo trabajadores a mi cargo
Por otro lado, si se tienen trabajadores a cargo y se han realizado pagos sujetos a retención, aunque la retención sea 0, es obligatorio presentar el modelo 111. Esto se debe a que la presentación de este formulario tiene una finalidad informativa, independientemente del importe de la retención.
En este caso, aunque no se haya retenido ningún importe de IRPF en las nóminas de los trabajadores, se debe presentar el modelo 111 para informar a la Agencia Tributaria sobre los pagos realizados y las retenciones practicadas, aunque estas sean nulas.
Es importante destacar que la presentación del modelo 111 es una obligación fiscal y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas. Por lo tanto, es recomendable cumplir con esta obligación incluso si no hay retenciones a realizar.
Si no se han realizado pagos sujetos a retención durante el período correspondiente, no es necesario presentar el modelo 111. Sin embargo, si se tienen trabajadores a cargo y se han realizado pagos sujetos a retención, aunque la retención sea 0, es obligatorio presentar este formulario.