La garantía de incapacidad permanente total por enfermedad común es un beneficio que se otorga a aquellas personas que, debido a una enfermedad común, se encuentran en una situación de incapacidad permanente total para trabajar. Para poder acceder a esta pensión, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social.
Requisitos para obtener la pensión
Incapacidad permanente por enfermedad común
El primer requisito para poder acceder a la garantía de incapacidad permanente total por enfermedad común es tener una incapacidad permanente derivada de una enfermedad común. Esto significa que la persona debe presentar una enfermedad que le impida realizar cualquier tipo de trabajo de forma permanente.
Es importante destacar que la incapacidad permanente total por enfermedad común se diferencia de la incapacidad permanente total por accidente de trabajo, ya que en este último caso la incapacidad es consecuencia de un accidente laboral.
Requisitos de cotización según la edad
Además de la incapacidad permanente por enfermedad común, es necesario cumplir con los requisitos de cotización según la edad del trabajador. La Seguridad Social establece unos períodos mínimos de cotización que varían en función de la edad del solicitante.
Para las personas menores de 31 años, se requiere haber cotizado al menos 1/3 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas de entre 31 y 35 años, se requiere haber cotizado al menos 1/4 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas de entre 36 y 40 años, se requiere haber cotizado al menos 1/5 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas de entre 41 y 45 años, se requiere haber cotizado al menos 1/6 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas de entre 46 y 50 años, se requiere haber cotizado al menos 1/7 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas de entre 51 y 55 años, se requiere haber cotizado al menos 1/8 del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo la incapacidad.
Para las personas mayores de 55 años, se requiere haber cotizado al menos 15 años.
Cálculo de la base reguladora (BR)
Una vez cumplidos los requisitos de cotización según la edad, se procede al cálculo de la base reguladora (BR). La base reguladora es el importe sobre el cual se aplica el porcentaje correspondiente para determinar la cuantía de la pensión.
La base reguladora se calcula teniendo en cuenta las bases de cotización del interesado durante un período determinado. Este período puede variar en función de la edad del solicitante y del tiempo cotizado.
En general, se toman en cuenta las bases de cotización de los últimos 24 meses anteriores a la fecha de la incapacidad. Sin embargo, en algunos casos se pueden tener en cuenta períodos más largos, como los últimos 96 meses anteriores a la fecha de la incapacidad.
Aplicación del porcentaje correspondiente
Una vez calculada la base reguladora, se aplica el porcentaje correspondiente en función de los años de cotización para obtener la cuantía de la pensión. Este porcentaje varía en función de los años cotizados y puede oscilar entre el 50% y el 100% de la base reguladora.
Es importante destacar que, en caso de que la persona tenga reconocida una incapacidad permanente total por enfermedad común y continúe trabajando, la pensión se verá reducida en función de los ingresos que perciba por su actividad laboral.
Para poder acceder a la garantía de incapacidad permanente total por enfermedad común es necesario cumplir con los requisitos de tener una incapacidad permanente por enfermedad común, cumplir con los requisitos de cotización según la edad y calcular la base reguladora y aplicar el porcentaje correspondiente. Cumpliendo con estos requisitos, se podrá obtener una pensión que permita a la persona hacer frente a los gastos derivados de su incapacidad.