El grupo de cotización oficial 1 y 2 es una clasificación utilizada en el ámbito laboral para determinar la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores. Esta clasificación se basa en las características y nivel de formación de los empleados, y tiene implicaciones tanto en las cotizaciones que deben realizar los empleadores como en los derechos y prestaciones de los trabajadores.
Grupo de cotización oficial 1
El grupo de cotización oficial 1 está compuesto principalmente por ingenieros y licenciados. Estos profesionales suelen tener una formación universitaria de grado o postgrado, y desempeñan funciones técnicas o de gestión en sus puestos de trabajo.
Ingenieros y Licenciados
Los ingenieros y licenciados que pertenecen al grupo de cotización oficial 1 se caracterizan por tener una formación especializada en áreas como la ingeniería, la arquitectura, la medicina, la economía, entre otras. Estos profesionales suelen ocupar puestos de responsabilidad en empresas y organizaciones, y su nivel de remuneración suele ser más elevado que el de otros grupos de cotización.
Personal de alta dirección
Además de los ingenieros y licenciados, el grupo de cotización oficial 1 también incluye al personal de alta dirección. Este grupo está compuesto por directivos y ejecutivos que tienen un alto nivel de responsabilidad en la toma de decisiones de una empresa. Estos profesionales suelen tener un salario elevado y beneficios adicionales, y su cotización a la Seguridad Social se calcula de manera diferente a la de otros trabajadores.
Excepciones en el Estatuto de los Trabajadores
Es importante destacar que, aunque el grupo de cotización oficial 1 incluye a los ingenieros y licenciados, existen excepciones en el Estatuto de los Trabajadores. En el artículo 1.3 c) de este estatuto se establece que aquellos trabajadores que desempeñen funciones de alta dirección y tengan un nivel de responsabilidad similar al de los miembros del órgano de administración de la empresa no estarán sujetos a las disposiciones de este estatuto. Esto significa que, en algunos casos, estos trabajadores no estarán sujetos a las mismas condiciones laborales y de cotización que el resto de los trabajadores del grupo de cotización oficial 1.
Grupo de cotización oficial 2
El grupo de cotización oficial 2 está compuesto principalmente por ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. Estos profesionales tienen una formación técnica o universitaria de nivel medio, y suelen desempeñar funciones de apoyo o asistencia en sus puestos de trabajo.
Ingenieros Técnicos
Los ingenieros técnicos que pertenecen al grupo de cotización oficial 2 tienen una formación especializada en áreas como la ingeniería industrial, la ingeniería agrícola, la ingeniería de telecomunicaciones, entre otras. Estos profesionales suelen trabajar en labores técnicas y de supervisión en empresas y organizaciones.
Peritos
Los peritos que pertenecen al grupo de cotización oficial 2 son profesionales especializados en la evaluación y valoración de bienes, daños o situaciones específicas. Estos profesionales suelen trabajar en compañías de seguros, en el ámbito judicial o en empresas de tasación.
Ayudantes Titulados
Los ayudantes titulados que pertenecen al grupo de cotización oficial 2 son profesionales que tienen una formación técnica o universitaria de nivel medio y desempeñan funciones de apoyo en sus puestos de trabajo. Estos profesionales suelen trabajar en labores de asistencia técnica o administrativa en empresas y organizaciones.
El grupo de cotización oficial 1 está compuesto por ingenieros y licenciados, así como por personal de alta dirección. Por otro lado, el grupo de cotización oficial 2 está compuesto por ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. Estas clasificaciones tienen implicaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social y en los derechos y prestaciones de los trabajadores, por lo que es importante conocer las características de cada grupo de cotización.