IVA autónomos menos de 85000: requisitos y exención

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo que grava el consumo de bienes y servicios en España. Sin embargo, existen ciertas exenciones para los autónomos que facturan menos de 85.000 euros al año. En este artículo, te explicaremos los requisitos necesarios para poder beneficiarte de esta exención y las opciones que tienes a tu disposición.

Requisitos para la exención del IVA

Facturación anual

El primer requisito para poder beneficiarte de la exención del IVA es facturar menos de 85.000 euros al año. Esto significa que si tu facturación anual no supera esta cantidad, podrás estar exento de pagar el IVA en tus operaciones comerciales.

Régimen general o especial de franquicia

Una vez que cumples con el requisito de facturación anual, debes elegir entre seguir bajo el régimen general del IVA o acogerte al nuevo régimen especial de franquicia de IVA. El régimen general implica que debes repercutir el IVA en tus facturas y presentar las correspondientes declaraciones trimestrales. Por otro lado, el régimen especial de franquicia de IVA te permite estar exento de repercutir el IVA en tus facturas y presentar declaraciones trimestrales simplificadas.

Es importante tener en cuenta que si optas por el régimen especial de franquicia de IVA, no podrás deducir el IVA soportado en tus compras y gastos. Esto puede ser una desventaja si realizas muchas compras relacionadas con tu actividad profesional.

Incremento del volumen de negocio

Si decides acogerte al régimen especial de franquicia de IVA, debes tener en cuenta que no podrás aumentar tu volumen de negocio en más del 10% en relación al año anterior. Esto significa que si tu facturación supera los 85.000 euros en un año, perderás la exención del IVA y deberás pasar al régimen general.

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Informar a la Administración

Si optas por acogerte al régimen especial de franquicia de IVA y realizas operaciones en otro país de la Unión Europea, debes informar a la Administración tributaria española. De esta manera, se garantiza que cumples con los requisitos necesarios para beneficiarte de la exención del IVA.

Si eres autónomo y facturas menos de 85.000 euros al año, tienes la opción de estar exento del pago del IVA. Sin embargo, debes elegir entre el régimen general o el régimen especial de franquicia de IVA, teniendo en cuenta las limitaciones y requisitos de cada uno. Recuerda informar a la Administración si realizas operaciones en otros países de la Unión Europea. Consulta con un asesor fiscal para asegurarte de cumplir con todas las obligaciones tributarias.

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