El mínimo personal y familiar es una deducción que se aplica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la comunidad autónoma de Andalucía. Esta deducción tiene como objetivo reducir la carga fiscal de los contribuyentes y garantizar un mínimo de ingresos para las familias andaluzas.
Importes del mínimo personal y familiar en Andalucía
Mínimo del contribuyente
El mínimo del contribuyente es el importe mínimo que se tiene en cuenta a la hora de calcular el impuesto a pagar. En Andalucía, el importe del mínimo del contribuyente es de 5.790 euros anuales con carácter general. Sin embargo, existen algunas excepciones:
- Para los contribuyentes mayores de 65 años, se añaden 1.200 euros anuales al mínimo del contribuyente.
- Para los contribuyentes mayores de 75 años, se añaden 1.460 euros anuales adicionales al mínimo del contribuyente.
Mínimo por descendientes
El mínimo por descendientes es una deducción que se aplica por cada hijo o descendiente a cargo. En Andalucía, los importes del mínimo por descendientes son los siguientes:
- Por el primer descendiente, se aplica un mínimo de 2.510 euros anuales.
- Por el segundo descendiente, se aplica un mínimo de 2.820 euros anuales.
- Por el tercer descendiente, se aplica un mínimo de 4.170 euros anuales.
- Por el cuarto y siguientes descendientes, se aplica un mínimo de 4.700 euros anuales.
Además, si alguno de los descendientes es menor de tres años, se añaden 2.920 euros anuales al importe del mínimo por descendientes.
Mínimo por ascendientes
El mínimo por ascendientes es una deducción que se aplica por cada ascendiente a cargo. En Andalucía, los importes del mínimo por ascendientes son los siguientes:
- Por cada ascendiente de edad superior a 65 años o con discapacidad, se aplica un mínimo de 1.200 euros anuales.
- Por cada ascendiente mayor de 75 años, se añaden 1.460 euros anuales adicionales al mínimo por ascendientes.
Mínimo por discapacidad del contribuyente y de ascendientes o descendientes
El mínimo por discapacidad se aplica cuando el contribuyente, ascendiente o descendiente tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En Andalucía, los importes del mínimo por discapacidad son los siguientes:
- Para las personas con un grado de discapacidad entre el 33% y el 65%, se aplica un mínimo de 3.130 euros anuales.
- Para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se aplica un mínimo de 9.390 euros anuales.
Además, si el contribuyente, ascendiente o descendiente acredita necesitar ayuda de terceras personas o tener movilidad reducida, se añaden 3.130 euros anuales al importe del mínimo por discapacidad.
El mínimo personal y familiar en Andalucía es una deducción que permite reducir la carga fiscal de los contribuyentes y garantizar un mínimo de ingresos para las familias. Los importes varían según el tipo de mínimo (contribuyente, descendientes, ascendientes, discapacidad) y se aplican de forma adicional en función de la edad y la discapacidad de los beneficiarios.