La prestación por muerte y supervivencia es un beneficio económico que se otorga a los familiares de una persona fallecida. Esta compensación tiene como objetivo ayudar a los beneficiarios a hacer frente a los gastos derivados del fallecimiento y a garantizar su sustento económico en caso de que dependieran económicamente del fallecido.
Compensación económica por fallecimiento
Beneficiarios y requisitos
Los beneficiarios de la prestación por muerte y supervivencia son los siguientes:
- Cónyuge o pareja de hecho registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores de 21 años con discapacidad.
- Padres del fallecido que dependieran económicamente de él.
Para poder acceder a esta prestación, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- El fallecimiento debe haber ocurrido mientras el fallecido estaba en activo o en situación asimilada al alta.
- El fallecido debe haber cotizado al menos 500 días en los últimos cinco años, o 15 años a lo largo de su vida laboral.
- Los beneficiarios deben acreditar su relación con el fallecido y su dependencia económica.
Importe y duración
El importe de la prestación por muerte y supervivencia varía en función de la base reguladora del fallecido y del número de beneficiarios. En general, se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora, que oscila entre el 20% y el 60%.
La duración de esta prestación también depende de diversos factores, como la edad de los beneficiarios y su situación económica. En general, la prestación se concede de forma vitalicia para el cónyuge o pareja de hecho registrada, y hasta que los hijos cumplan los 21 años o dejen de cumplir los requisitos de discapacidad.
Procedimiento para solicitarla
Para solicitar la prestación por muerte y supervivencia, es necesario presentar una serie de documentos, como el certificado de defunción, el libro de familia, el certificado de convivencia o el certificado de discapacidad en caso de que corresponda.
El trámite se realiza ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM), dependiendo del régimen de la Seguridad Social al que estuviera adscrito el fallecido.
Pensión de viudedad del SOVI
Requisitos para acceder
La pensión de viudedad del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) es una prestación económica que se concede a las viudas o viudos de trabajadores que estaban afiliados a este régimen especial de la Seguridad Social.
Para poder acceder a esta pensión, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- El fallecimiento del cónyuge debe haber ocurrido mientras estaba en activo o en situación asimilada al alta.
- El fallecido debe haber cotizado al menos 15 años al SOVI.
- El solicitante debe tener 50 años o más, o 45 años o más en caso de tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
Cálculo del importe
El importe de la pensión de viudedad del SOVI se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora del fallecido. Este porcentaje varía en función de la edad del solicitante y de su situación económica.
En general, el importe de la pensión oscila entre el 52% y el 70% de la base reguladora.
Documentación necesaria
Para solicitar la pensión de viudedad del SOVI, es necesario presentar una serie de documentos, como el certificado de defunción, el libro de familia, el certificado de convivencia o el certificado de discapacidad en caso de que corresponda.
El trámite se realiza ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM), dependiendo del régimen de la Seguridad Social al que estuviera adscrito el fallecido.