Qué dice el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores | Regulación jornada

Posibilidad de distribución irregular

El artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores establece la posibilidad de establecer la distribución irregular de la jornada laboral. Esto significa que, en determinadas circunstancias, los trabajadores pueden tener una distribución de horas de trabajo que no sea uniforme a lo largo del año.

Esta opción de distribución irregular puede ser aplicada siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y condiciones establecidos en el artículo 34.2.

Convenio colectivo

Una de las formas en las que se puede establecer la distribución irregular de la jornada es a través de un convenio colectivo. Esto implica que los representantes de los trabajadores y la empresa llegan a un acuerdo sobre cómo se distribuirán las horas de trabajo a lo largo del año.

El convenio colectivo es un acuerdo que se establece entre los representantes de los trabajadores y la empresa, y tiene como objetivo regular las condiciones laborales de los empleados. En este caso, el convenio colectivo puede incluir cláusulas que permitan la distribución irregular de la jornada.

Acuerdo entre empresa y representantes

Además del convenio colectivo, también es posible establecer la distribución irregular de la jornada a través de un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En este caso, ambas partes deben llegar a un consenso sobre cómo se organizarán las horas de trabajo a lo largo del año.

Este acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores puede ser alcanzado a través de la negociación colectiva, donde ambas partes discuten y acuerdan las condiciones laborales. Es importante destacar que este acuerdo debe ser ratificado por ambas partes y cumplir con los requisitos legales establecidos en el artículo 34.2.

Te interesa  Qué es un cronograma de contratación según Law Insider

Requisitos y condiciones

El artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que, para que se pueda establecer la distribución irregular de la jornada, se deben cumplir ciertos requisitos y condiciones.

En primer lugar, se debe garantizar que el promedio de horas de trabajo semanal no supere las 40 horas. Esto significa que, a pesar de la distribución irregular, el trabajador no puede exceder las 40 horas de trabajo por semana en promedio.

Además, se debe respetar el descanso mínimo entre jornadas, que es de 12 horas. Esto implica que el trabajador debe tener al menos 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

Asimismo, se debe garantizar que el trabajador tenga al menos un día de descanso semanal, que puede acumularse hasta un máximo de 14 días. Esto significa que, a pesar de la distribución irregular, el trabajador debe tener al menos un día de descanso a la semana.

Por último, se debe informar a los trabajadores sobre la distribución irregular de la jornada con una antelación mínima de cinco días. Esto implica que la empresa debe comunicar a los empleados cómo se organizarán las horas de trabajo con al menos cinco días de anticipación.

El artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores establece la posibilidad de establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año mediante convenio colectivo o acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Sin embargo, esta distribución irregular debe cumplir con ciertos requisitos y condiciones, como el respeto al promedio de 40 horas semanales, el descanso mínimo entre jornadas, el día de descanso semanal y la comunicación anticipada a los trabajadores.

Te interesa  Qué contratos deben tener interventoría en Colombia

Deja un comentario