Qué prescribe a los 5 años: ¿Cuándo prescriben las deudas personales?

Las deudas son una realidad que muchas personas enfrentan en algún momento de sus vidas. Ya sea por préstamos, tarjetas de crédito, hipotecas o cualquier otro tipo de deuda, es importante conocer cuándo prescriben estas obligaciones financieras. En este artículo, nos enfocaremos en las deudas personales y analizaremos cuándo prescriben según la legislación española.

Deudas hipotecarias

Las deudas hipotecarias son aquellas que se adquieren al comprar una vivienda o un inmueble. Estas deudas suelen ser de gran magnitud y, por lo tanto, es importante saber cuándo prescriben. Según la legislación española, las deudas hipotecarias prescriben a los 20 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 20 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Préstamos no hipotecarios

Los préstamos no hipotecarios son aquellos que se obtienen sin la necesidad de poner una propiedad como garantía. Estos préstamos suelen tener plazos más cortos y montos más pequeños que las hipotecas. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 5 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 5 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Deuda bancaria de tarjeta de crédito

Las deudas bancarias de tarjeta de crédito son muy comunes en la sociedad actual. Muchas personas utilizan sus tarjetas de crédito para realizar compras y luego pagan el saldo en cuotas. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 5 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 5 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

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Deudas de préstamos personales

Los préstamos personales son aquellos que se obtienen sin la necesidad de poner una propiedad como garantía. Estos préstamos suelen tener plazos más cortos y montos más pequeños que las hipotecas. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 5 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 5 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Deuda de alquiler y pagos de servicios

Las deudas de alquiler y pagos de servicios son aquellas que se generan cuando una persona no paga el alquiler de una vivienda o los servicios básicos como luz, agua o gas. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 5 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 5 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Deudas de un fallecido

Las deudas de un fallecido son aquellas que quedan pendientes de pago después de la muerte de una persona. En estos casos, las deudas no se transmiten a los herederos, pero pueden afectar la herencia si no se liquidan correctamente. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 5 años. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 5 años para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Deudas derivadas de delitos

Las deudas derivadas de delitos son aquellas que se generan como consecuencia de la comisión de un delito. Estas deudas pueden ser por indemnizaciones a las víctimas, multas o cualquier otro tipo de responsabilidad económica. En cuanto a la prescripción de estas deudas, el plazo varía según la gravedad del delito y la pena máxima establecida. En casos graves, como delitos de homicidio, el plazo de prescripción puede ser de varios años. En casos menos graves, como delitos menores, el plazo de prescripción puede ser más corto.

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Deudas no contractuales

Las deudas no contractuales son aquellas que no se generan a través de un contrato formal. Estas deudas pueden surgir, por ejemplo, de un accidente de tráfico o de un daño causado a otra persona. En cuanto a la prescripción de estas deudas, la ley establece que prescriben a los 1 año desde que el perjudicado tuvo conocimiento del daño. Esto significa que el acreedor tiene un plazo de 1 año para reclamar el pago de la deuda. Pasado este tiempo, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar.

Las deudas personales tienen diferentes plazos de prescripción según su naturaleza. Las deudas hipotecarias prescriben a los 20 años, mientras que los préstamos no hipotecarios, la deuda bancaria de tarjeta de crédito, las deudas de préstamos personales, las deudas de alquiler y pagos de servicios, y las deudas de un fallecido prescriben a los 5 años. Por otro lado, las deudas derivadas de delitos y las deudas no contractuales tienen plazos de prescripción que varían según la gravedad del delito y la pena máxima establecida, así como el conocimiento del daño por parte del perjudicado.

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