Al momento de formalizar una relación laboral, es importante establecer un contrato de trabajo que defina los derechos y obligaciones tanto del empleador como del empleado. Sin embargo, surge la pregunta de quién debe firmar primero este contrato. En este artículo, analizaremos el orden de firma del contrato de trabajo, centrándonos en dos partes clave: el administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado y el empleado o trabajador.
El administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado
En primer lugar, es común que el administrador de la sociedad o el apoderado debidamente acreditado sea quien firme el contrato de trabajo en representación de la empresa o empleador. Esto se debe a que estas personas tienen la responsabilidad y autoridad para tomar decisiones en nombre de la empresa.
Responsabilidades y autoridad
El administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado es el encargado de gestionar y dirigir las actividades de la empresa. Por lo tanto, tiene la responsabilidad de contratar personal y establecer las condiciones laborales. Al firmar el contrato de trabajo, el administrador o apoderado está asumiendo la responsabilidad de cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato.
Representación legal
Además, el administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado tiene la capacidad legal para representar a la empresa en asuntos legales. Al firmar el contrato de trabajo, está actuando en nombre de la empresa y comprometiéndola a cumplir con los términos y condiciones establecidos en el contrato.
Validación de términos y condiciones
Otro motivo por el cual el administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado debe firmar primero el contrato de trabajo es para validar los términos y condiciones establecidos. Al ser la persona encargada de la gestión de la empresa, es importante que revise y apruebe los términos del contrato antes de que el empleado lo firme.
El empleado o trabajador
Por otro lado, una vez que el administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado ha firmado el contrato de trabajo, es el turno del empleado o trabajador de firmar. Esto implica que el empleado acepta los términos y condiciones establecidos en el contrato y se compromete a cumplir con sus obligaciones laborales.
Aceptación de términos
Al firmar el contrato de trabajo, el empleado está aceptando los términos y condiciones establecidos por el empleador. Esto incluye aspectos como el salario, horario de trabajo, beneficios, responsabilidades y cualquier otra cláusula que se haya acordado previamente.
Compromiso laboral
La firma del contrato de trabajo por parte del empleado también representa su compromiso de cumplir con las obligaciones laborales establecidas. Esto implica asistir puntualmente al trabajo, realizar las tareas asignadas de manera adecuada y cumplir con las normas y políticas de la empresa.
Confirmación de acuerdo
Finalmente, la firma del contrato de trabajo por parte del empleado es una confirmación de que ha leído y comprendido los términos y condiciones establecidos. Esto evita posibles malentendidos o disputas futuras, ya que el empleado está dando su consentimiento de manera voluntaria y consciente.
El orden de firma del contrato de trabajo es primero el administrador de la sociedad o apoderado debidamente acreditado y luego el empleado o trabajador. Esto se debe a que el administrador o apoderado tiene la responsabilidad y autoridad para representar a la empresa, validar los términos y condiciones y tomar decisiones en nombre de la empresa. Por otro lado, el empleado firma el contrato como una aceptación de los términos y condiciones establecidos y como un compromiso de cumplir con sus obligaciones laborales. Ambas partes deben firmar el contrato para formalizar la relación laboral y garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de ambas partes.