El modelo 115 es una declaración de retenciones que deben presentar aquellos contribuyentes que realicen pagos de alquiler por locales comerciales u oficinas. En este artículo, te explicaremos quiénes están obligados a presentar este modelo y cuáles son las obligaciones fiscales relacionadas.
Declaración de retenciones
Una de las principales obligaciones fiscales de aquellos que pagan alquileres por locales comerciales u oficinas es la declaración de retenciones. Esto implica retener un porcentaje del importe del alquiler y presentar el modelo 115 ante la Agencia Tributaria.
Retenciones practicadas en el pago del alquiler
Los profesionales, empresarios individuales o sociedades que realicen pagos de alquiler por locales comerciales u oficinas están obligados a practicar retenciones en el momento del pago. Estas retenciones deben ser ingresadas en la Agencia Tributaria a través del modelo 115.
Profesionales, empresarios individuales o sociedades
Los profesionales, empresarios individuales o sociedades que realicen pagos de alquiler por locales comerciales u oficinas están obligados a presentar el modelo 115. Esto incluye a autónomos, empresas y cualquier otra entidad que realice este tipo de pagos.
Retención IRPF en la factura de alquiler
Es importante destacar que, aunque el arrendador sea un particular y no especifique la retención IRPF en la factura de alquiler, el profesional, empresario individual o sociedad está obligado a retener el importe correspondiente y presentar el modelo 115.
Obligaciones de presentación
Además de la obligación de retener y presentar el modelo 115, existen otras obligaciones de presentación relacionadas con el pago de alquileres por locales comerciales u oficinas.
Profesionales, empresarios individuales o sociedades
Los profesionales, empresarios individuales o sociedades que realicen pagos de alquiler por locales comerciales u oficinas deben presentar el modelo 115 trimestralmente. Esto implica presentar la declaración correspondiente a los pagos realizados durante cada trimestre del año.
Excepciones de presentación
Existen algunas excepciones en las que no será necesario presentar el modelo 115. Estas excepciones incluyen el alquiler de viviendas que las empresas pagan a sus trabajadores, los arrendamientos financieros en modalidad leasing, los alquileres que no superen los 900€ anuales a un mismo arrendador, o cuando el arrendador entregue un certificado de exención por parte de Hacienda al estar incluido en algunos de los epígrafes del grupo 861 cuya cuota de IAE no sea cero.
Arrendamientos financieros en modalidad leasing
En el caso de los arrendamientos financieros en modalidad leasing, no será necesario presentar el modelo 115. Esto se debe a que este tipo de contratos tienen características especiales y están sujetos a una regulación fiscal diferente.
Alquileres que no superen los 900€ anuales
Si el importe anual del alquiler no supera los 900€ y se paga a un mismo arrendador, tampoco será necesario presentar el modelo 115. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si se supera este límite, se deberá cumplir con todas las obligaciones fiscales correspondientes.
Aquellos profesionales, empresarios individuales o sociedades que realicen pagos de alquiler por locales comerciales u oficinas están obligados a presentar el modelo 115. Esto implica retener el importe correspondiente y presentar la declaración trimestralmente. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que no será necesario presentar este modelo, como en el caso de los arrendamientos financieros en modalidad leasing o los alquileres que no superen los 900€ anuales a un mismo arrendador.