Si eres pareja de hecho tienes derecho a viudedad: requisitos

Si eres pareja de hecho y has perdido a tu compañero o compañera, es importante que conozcas tus derechos en cuanto a la pensión de viudedad. Aunque tradicionalmente este beneficio estaba reservado para los matrimonios, en la actualidad las parejas de hecho también pueden acceder a él, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley.

Requisitos para obtener pensión de viudedad en parejas de hecho

Fallecimiento posterior a 1 de enero de 2008

El primer requisito para poder acceder a la pensión de viudedad como pareja de hecho es que el fallecimiento de tu compañero o compañera haya ocurrido después del 1 de enero de 2008. Esto significa que si el fallecimiento ocurrió antes de esa fecha, no podrás solicitar este beneficio.

Inscripción en registro específico o documento público

Además, es necesario que la pareja de hecho esté inscrita en alguno de los registros específicos existentes en las Comunidades Autónomas o Ayuntamientos, o que su constitución se haya formalizado en un documento público. Esta inscripción o documento es fundamental para demostrar la existencia de la pareja de hecho y poder acceder a la pensión de viudedad.

Mínimo 2 años de inscripción antes del fallecimiento

Otro requisito importante es que la inscripción de la pareja de hecho se haya realizado como mínimo 2 años antes del fallecimiento de tu compañero o compañera. Esto se debe a que la ley establece un período mínimo de convivencia para poder acceder a la pensión de viudedad.

Convivencia estable y no interrumpida por 5 años

Además de la inscripción, es necesario que la convivencia entre la pareja de hecho haya tenido carácter estable y no se haya interrumpido durante al menos 5 años antes del fallecimiento. Esto significa que no puede haber habido separaciones o periodos de tiempo en los que la convivencia se haya suspendido.

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Es importante destacar que la ley establece que durante el período de convivencia, ninguno de los convivientes puede estar impedido de contraer matrimonio ni tener vínculo matrimonial con otra persona. Esto significa que si alguno de los miembros de la pareja de hecho está casado o tiene un matrimonio vigente, no se podrá acceder a la pensión de viudedad.

Si eres pareja de hecho y cumples con los requisitos mencionados anteriormente, tienes derecho a solicitar la pensión de viudedad en caso de fallecimiento de tu compañero o compañera. Recuerda que es importante contar con la documentación necesaria para demostrar la existencia de la pareja de hecho y cumplir con los plazos establecidos por la ley.

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