Si falta dinero en caja tengo que poner: Responsabilidad del empresario

En cualquier negocio que maneje dinero en efectivo, es común que en ocasiones se produzcan faltantes en la caja. Esto puede deberse a diversos factores, como errores humanos, robos o incluso negligencias. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la responsabilidad de cubrir estos faltantes recae en el empresario y no en el trabajador.

Responsabilidades del empresario

Pagar el quebranto de moneda al personal

Si falta dinero en caja, el empresario tiene la obligación de asumir la responsabilidad y cubrir el quebranto de moneda al personal que maneja el efectivo. Esto significa que no puede descontar el dinero faltante de la nómina del trabajador.

No descontar dinero de la nómina del trabajador

Es importante destacar que, si falta dinero en caja, el empresario no puede descontar ninguna cantidad de dinero de la nómina del trabajador como forma de compensar el faltante. Esto está prohibido por la ley y constituye una práctica ilegal.

No exigir al trabajador que ponga dinero

Asimismo, el empresario no puede exigir al trabajador que ponga dinero de su propio bolsillo para cubrir el faltante en la caja. La responsabilidad de cubrir el quebranto recae exclusivamente en el empresario.

Descontar el importe del quebranto del mes siguiente

En caso de que se produzca un faltante en la caja, el empresario tiene la opción de descontar el importe del quebranto del mes siguiente, siempre y cuando se haya acordado previamente con el trabajador y esté sujeto a cotización. Sin embargo, esto debe ser una decisión mutua y no puede ser impuesta unilateralmente por el empresario.

Acciones en caso de errores del trabajador

No descontar más del importe del quebranto

Si el faltante en la caja se debe a un error del trabajador, el empresario no puede descontar más dinero del importe del quebranto. Esto significa que no puede imponer sanciones económicas adicionales al trabajador por el error cometido.

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No descontar dinero de la nómina en caso de hurtos, robos o negligencias

En caso de que el faltante en la caja sea resultado de un hurto, robo o negligencia por parte del trabajador, el empresario no puede descontar dinero de la nómina como forma de compensación. En su lugar, debe tomar las acciones legales correspondientes para resolver la situación.

Demostrar culpa y/o dolo en caso de tomar acciones legales

Si el empresario decide tomar acciones legales contra el trabajador por un faltante en la caja, debe ser capaz de demostrar que existe culpa y/o dolo por parte del trabajador. Esto implica presentar pruebas sólidas que respalden las acusaciones y demuestren la responsabilidad del trabajador en el faltante.

Disputas y carga de la prueba

En caso de no pagar quebranto, la empresa no puede descontar nada del trabajador

Si el empresario se niega a pagar el quebranto de moneda al trabajador, no tiene derecho a descontar ninguna cantidad de dinero del trabajador como forma de compensación. La responsabilidad de cubrir el faltante recae exclusivamente en el empresario.

En caso de disputas, la carga de la prueba recae en la empresa

En caso de que surja una disputa entre el empresario y el trabajador respecto al faltante en la caja, la carga de la prueba recae en la empresa. Esto significa que es responsabilidad del empresario presentar pruebas sólidas que demuestren la responsabilidad del trabajador en el faltante.

Si falta dinero en caja, la responsabilidad de cubrir el quebranto de moneda recae en el empresario y no en el trabajador. El empresario no puede descontar dinero de la nómina del trabajador ni exigirle que ponga dinero de su propio bolsillo. En caso de errores del trabajador, el empresario puede descontar el importe del quebranto del mes siguiente, sujeto a cotización. Sin embargo, en caso de disputas, la carga de la prueba recae en la empresa.

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