Tengo 50 años y 25 años cotizados: ¿Cuál es la edad de jubilación?

Si tienes 50 años y has cotizado durante 25 años, es natural que te preguntes cuál es la edad de jubilación a la que tienes derecho. La respuesta a esta pregunta puede variar dependiendo de varios factores, como los requisitos para la jubilación anticipada y la edad de jubilación ordinaria.

Requisitos para la jubilación anticipada

Edad mínima

Para acceder a la jubilación anticipada, es necesario cumplir con una edad mínima establecida por la ley. En el caso de tener 50 años y 25 años cotizados, la edad mínima requerida es de 61 años y 8 meses.

Cotización mínima

Además de la edad mínima, es necesario haber cotizado un mínimo de años para poder acceder a la jubilación anticipada. En este caso, al tener 25 años cotizados, se cumple con este requisito.

Reducción por trimestres anticipados

Es importante tener en cuenta que, al acceder a la jubilación anticipada, se aplicará una reducción en la cuantía de la pensión. Esta reducción se calcula en función de los trimestres anticipados que se hayan solicitado. En el caso de tener 50 años y 25 años cotizados, la reducción sería del 8%.

Documentación necesaria

Para solicitar la jubilación anticipada, es necesario presentar la documentación requerida. Esto incluye el DNI, el informe de vida laboral, el certificado de empresa y el modelo de solicitud de jubilación anticipada. Es importante asegurarse de tener toda la documentación en regla antes de realizar la solicitud.

Edad de jubilación ordinaria

Con 25 años cotizados

Si no se desea acceder a la jubilación anticipada, la edad de jubilación ordinaria con 25 años cotizados es de 66 años y cuatro meses. En este caso, no se aplicaría ninguna reducción en la cuantía de la pensión.

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Con 30 años cotizados

Si se ha cotizado durante 30 años, la edad de jubilación ordinaria es de 65 años y cuatro meses. En este caso, tampoco se aplicaría ninguna reducción en la cuantía de la pensión.

Con 35 años cotizados

Si se ha cotizado durante 35 años, la edad de jubilación ordinaria es de 64 años y cuatro meses. Al igual que en los casos anteriores, no se aplicaría ninguna reducción en la cuantía de la pensión.

Con 40 años cotizados

Finalmente, si se ha cotizado durante 40 años, la edad de jubilación ordinaria es de 63 años y cuatro meses. En este caso, tampoco se aplicaría ninguna reducción en la cuantía de la pensión.

Si tienes 50 años y 25 años cotizados, tienes la opción de acceder a la jubilación anticipada a los 61 años y 8 meses, con una reducción del 8% en la cuantía de la pensión. Si prefieres esperar a la jubilación ordinaria, la edad de jubilación será de 66 años y cuatro meses, sin ninguna reducción en la cuantía de la pensión.

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