Como autónomo, es posible que en algún momento te hayas planteado la posibilidad de contratar a un familiar para que te ayude en tu negocio. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen ciertas restricciones y normativas que debes cumplir para poder hacerlo de manera legal. En este artículo, te explicaremos cuáles son estas restricciones y cómo puedes contratar a un familiar sin problemas.
Restricciones para contratar a familiares
En primer lugar, es importante tener en cuenta que los familiares directos del autónomo, como el cónyuge, descendientes, ascendientes y otros parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, no tendrán consideración de trabajadores por cuenta ajena si conviven con él y están a su cargo. Esto significa que no podrás contratarlos como empleados en tu negocio.
Consideración de trabajadores por cuenta ajena
Sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, los hijos menores de 30 años pueden ser contratados por cuenta ajena, incluso si conviven contigo. Esto significa que podrás contratar a tus hijos menores de 30 años como empleados en tu negocio, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales para ser contratados.
Edad de los hijos para ser contratados
En el caso de los hijos mayores de 30 años, también existe la posibilidad de contratarlos por cuenta ajena si tienen una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. Esto significa que si tu hijo mayor de 30 años tiene una discapacidad reconocida, podrás contratarlo como empleado en tu negocio.
Discapacidad reconocida
Es importante destacar que para poder contratar a un familiar mayor de 30 años con una discapacidad reconocida, es necesario que esta discapacidad sea igual o superior al 33%. Además, deberás contar con la documentación necesaria que acredite esta discapacidad, como el certificado de discapacidad emitido por el organismo competente.
Justificación ante la Seguridad Social
Por último, es importante tener en cuenta que, independientemente de la edad de tus hijos, deberás justificar ante la Seguridad Social que la contratación cumple con la normativa. Para ello, deberás presentar una declaración del autónomo/a y del familiar en la que se recojan los motivos por los que se puede realizar la contratación por cuenta ajena.
En esta declaración, deberás explicar detalladamente las razones por las que necesitas contratar a tu familiar y por qué no puedes hacerlo como trabajador por cuenta propia. Además, deberás aportar cualquier documentación adicional que pueda ser requerida por la Seguridad Social para comprobar la veracidad de tus declaraciones.
Un autónomo puede contratar a un familiar siempre y cuando cumpla con las restricciones y normativas establecidas. Es importante tener en cuenta que los familiares directos que conviven con el autónomo y están a su cargo no tendrán consideración de trabajadores por cuenta ajena. Sin embargo, existen excepciones para los hijos menores de 30 años y los hijos mayores de 30 años con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. Además, es necesario justificar ante la Seguridad Social la necesidad de la contratación por cuenta ajena.