El modelo 390 es una declaración informativa que deben presentar los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España. Sin embargo, existen ciertos casos en los que algunos contribuyentes están exonerados de presentar este modelo. En este artículo, te explicaremos quiénes están exonerados del modelo 390 y las condiciones que deben cumplir para beneficiarse de esta exoneración.
Exonerados del modelo 390
Existen dos categorías de contribuyentes que están exonerados de presentar el modelo 390:
Sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral
Los sujetos pasivos del IVA que tienen un periodo de liquidación trimestral están exonerados de presentar el modelo 390 si cumplen con ciertas condiciones. Estas condiciones son:
- Tributar solamente en territorio común.
- Realizar actividades en régimen simplificado del IVA.
- Tener como actividad principal el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Si cumples con estas condiciones, no estarás obligado a presentar el modelo 390, lo cual supone un alivio administrativo para tu negocio.
Contribuyentes incluidos en el SII
El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistema de gestión del IVA que obliga a los contribuyentes a enviar de forma electrónica y en tiempo real la información de sus facturas emitidas y recibidas. Los contribuyentes que están incluidos en el SII están exonerados de presentar el modelo 390, ya que la información ya ha sido enviada de forma periódica a la Agencia Tributaria.
Si eres uno de los contribuyentes incluidos en el SII, no tendrás que preocuparte por presentar el modelo 390, ya que la información ya ha sido transmitida a la Agencia Tributaria a través de este sistema.
Condiciones para la exoneración
Para beneficiarse de la exoneración del modelo 390, es necesario cumplir con ciertas condiciones. Estas condiciones son las siguientes:
Tributando solamente en territorio común
La exoneración del modelo 390 solo aplica a aquellos contribuyentes que tributan solamente en territorio común. Esto significa que si realizas operaciones en territorios especiales, como las Islas Canarias, Ceuta y Melilla, no estarás exonerado y deberás presentar el modelo 390.
Es importante tener en cuenta esta condición, ya que si realizas operaciones en territorios especiales, deberás cumplir con todas las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo la presentación del modelo 390.
Realicen actividades en régimen simplificado IVA
Otra condición para beneficiarse de la exoneración del modelo 390 es realizar actividades en régimen simplificado del IVA. Este régimen se aplica a aquellos contribuyentes cuyo volumen de operaciones no supere los límites establecidos por la normativa fiscal.
Si tu actividad se encuentra dentro de este régimen, estarás exonerado de presentar el modelo 390. Sin embargo, es importante tener en cuenta que deberás cumplir con todas las demás obligaciones fiscales correspondientes a este régimen, como la presentación de las declaraciones trimestrales del IVA.
Aquellos contribuyentes que tributen solamente en territorio común, realicen actividades en régimen simplificado del IVA y/o cuya actividad principal sea el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, estarán exonerados de presentar el modelo 390. Sin embargo, es importante cumplir con todas las condiciones establecidas por la normativa fiscal para beneficiarse de esta exoneración.