Criterio de cobros y pagos en el IRPF: todo lo que necesitas saber

El criterio de cobros y pagos es una forma de imputar los ingresos y gastos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al momento en que efectivamente se cobre o se pague una factura. Este criterio es utilizado por los autónomos y profesionales para determinar la base imponible de su actividad económica.

Imputación de ingresos y gastos

El criterio de cobros y pagos establece que los ingresos y gastos deben ser imputados en el momento en que se cobre o se pague una factura. Esto significa que no se deben tener en cuenta los ingresos o gastos que se hayan devengado, es decir, que se hayan generado, pero que aún no se hayan cobrado o pagado.

Al momento del cobro o pago

Según este criterio, los ingresos se deben imputar en el momento en que se cobren, es decir, cuando se reciba el dinero correspondiente a la venta de un producto o servicio. De la misma manera, los gastos se deben imputar en el momento en que se paguen, es decir, cuando se realice el desembolso económico correspondiente a la compra de un bien o servicio.

Por ejemplo, si un autónomo realiza una venta en el mes de enero pero no cobra el importe hasta el mes de febrero, según el criterio de cobros y pagos, ese ingreso se imputará en el mes de febrero, cuando se haya cobrado efectivamente.

Registro de operaciones

El criterio de cobros y pagos también establece que las operaciones deben ser registradas únicamente cuando el cobro o el pago se haya realizado. Esto significa que no se deben registrar las operaciones en el momento en que se devengan, sino en el momento en que se cobren o paguen.

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Por ejemplo, si un autónomo realiza una compra en el mes de enero pero no paga la factura hasta el mes de febrero, según el criterio de cobros y pagos, ese gasto se registrará en el mes de febrero, cuando se haya realizado el pago.

Tributación de ingresos

En cuanto a la tributación de los ingresos, el criterio de cobros y pagos establece que se deben tributar únicamente por los ingresos que se hayan cobrado. Esto significa que no se deben tener en cuenta los ingresos que se hayan devengado, pero que aún no se hayan cobrado.

Por ejemplo, si un autónomo realiza una venta en el mes de diciembre pero no cobra el importe hasta el mes de enero del siguiente año, según el criterio de cobros y pagos, ese ingreso se tributará en el año siguiente, cuando se haya cobrado efectivamente.

Deducción de gastos

En cuanto a la deducción de los gastos, el criterio de cobros y pagos establece que se deben deducir únicamente los gastos que se hayan pagado. Esto significa que no se deben tener en cuenta los gastos que se hayan devengado, pero que aún no se hayan pagado.

Por ejemplo, si un autónomo realiza una compra en el mes de diciembre pero no paga la factura hasta el mes de enero del siguiente año, según el criterio de cobros y pagos, ese gasto se podrá deducir en el año siguiente, cuando se haya realizado el pago.

El criterio de cobros y pagos en el IRPF establece que los ingresos y gastos deben ser imputados al momento en que se cobre o se pague una factura. Esto implica que se deben registrar las operaciones únicamente cuando el cobro o el pago se haya realizado, y se deben tributar por los ingresos que se hayan cobrado y deducir los gastos que efectivamente se hayan pagado.

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